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El término “traducciones legales” es ambivalente, ya que por él se puede entender la traducción de un documento que trate sobre algún tema jurídico o la traducción de un documento que no trate sobre un tema jurídico pero que deba tener carácter público debido al fin al que está destinada. Para desambiguar, diremos que una traducción debe ser pública, en general, cuando debe presentarse ante un organismo oficial, como, por ejemplo, al tramitar la ciudadanía o presentar documentación ante universidades del exterior. Las traducciones públicas se redactan de manera distinta de las privadas, y son realizadas y firmadas por traductores públicos matriculados en el Colegio de Traductores Públicos de su zona de residencia, quienes firman y sellan la traducción, y consignan su número de matrícula. Finalizada la traducción, esta puede presentarse ante dicho colegio profesional para que se legalice la firma del traductor. Si usted tiene alguna duda sobre si su traducción debe ser pública o privada, consulte con el organismo o la institución ante los que deba presentarla.
Epigramma Servicios Lingüísticos (www.epigramma.com.ar) ofrece traducciones de carácter público de todo tipo de documentación en español, inglés, francés, italiano, alemán y portugués: partidas, certificados analíticos, patentes de invención, balances, memorias, informes financieros, escrituras y también documentación de contenido técnico que deba tener carácter público. Si desea más información sobre nuestras áreas de especialización técnicas, consulte los tópicos relativos a traducciones en el área de tecnología, biociencias y literatura.

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